domingo, 3 de abril de 2011

Los planes de pensiones

Aunque lo primero que se nos viene a la cabeza al hablar de plan de pensiones es la palabra jubilación no tiene por que ser así de hecho un plan de pensión implica un contrato por el cual se le otorga al titular el derecho a percibir una renta ya sea por jubilación, supervivencia, incapacidad permanente o fallecimiento, a lo que este responde con una obligación contributiva. Es decir, esta persona denominada participe ingresa cantidades de dinero constantes en lo que se denomina fondo donde es el encargado el banco correspondiente de conseguir la mayor rentabilidad para esta cantidad invertida. De tal manera, que el participe pueda acceder a esta cantidad en caso de que la necesite por las razones anteriormente mencionadas. Y puede cobrarle de varias maneras:
-En forma de capital, se entrega todo en un único pago.
-En forma de renta, entregando la cantidad en varios pagos.
-En forma mixta, siendo el pago sólo temporal.
Con respecto, a la fiscalidad de los planes aquellos que disponen de uno de ellos tienen la posibilidad de deducir la cantidad que aportan para reducir la base imponible del IRPF.
Para saber calcular la rentabilidad de un plan de pensiones hay que tener en cuenta por una parte, el calor liquidativo inicial es decir, el valor de la unidad que se marca en el inicio por ejemplo puede ser de 10, por otra parte hay que ver cuanto ha variado esa cantidad, supongamos que el valor liquidativo final se encuentra en 12.
De lo que, Rentabilidad = ( Valor liquidativo u.c. final – Valor liquidativo u.c. inicial ) x 100
                  Rentabilidad= (12-10) x 100
                  Rentabilidad= 20%
Visto esto, diremos que la rentabilidad consiste en calcular esa variación porcentual que ha sufrido el valor liquidativo en el mismo período.
En un plan de pensiones encontramos tres figuras que intervienen:
1ºDirección General de seguros y Fondos de pensiones:
Es el órgano administrativo dependiente del ministerio de economía, su función es asegurarse que las entidades encargas de gestionar los fondos de pensiones y que estos estén regidos según la Ley de regulación de los planes de pensiones.
2ºEntidad depositaria:
Se encarga de la custodia y vigilancia de los valores mobiliarios y otros activos financieros que integran el fondo de pensiones. Según la normativa que tenemos vigente debe tener como actividad la recepción de fondos del público en forma de depósitos como lo son por ejemplo las cuentas corrientes. Pero tienen que actuar siempre según lo acordado por las entidades gestoras.
3ºEntidad Gestora:
Es la encargada de gestionar el plan de pensión, pero no todas pueden llevarlos a cabo sino solo aquellas que estén autorizadas a operar en España. Llevándose una comisión por la acción que no debe pasar unos límites fijados como garantía de los intereses de los beneficiarios y partícipes.
Nos vamos a encontrar con varios tipos de planes de pensiones:
-Los asociados: son para un colectivo determinado.
-Los individuales: para quienes voluntariamente quieran subscribirlos.
-Los de empleo: son llevados a cabo por algunas empresas como modo de retribución a sus trabajadores.
Pero también nos encontramos con otra forma de clasificación que es la siguiente:
-Según el objeto constituyente: esta relacionado con quien promueve este plan de pensiones. De tal manera que los del tipo individual están promovidos por una o varias entidades de carácter financiero o de crédito o compañías aseguradoras. En el caso del tipo asociado son promovidos por una asociación, un sindicato, gremio o colectivo. Sin embargo, en el tipo por empleo es cualquier entidad, empresa, sociedad, corporación siendo partícipes los empleados.
-Según las obligaciones estipuladas: para realizar esta clasificación se tiene en cuenta las prestaciones y aportaciones, teniendo:
  *Prestación definida: se define la cuantía de las prestaciones a percibir por los beneficiarios.
  *Aportación definida: se define la cuantía de las aportaciones de los partícipes.
  *Mixtos: se produce cuando se definen la cuantía de la prestación y de la contribución.
A la hora de comenzar con un plan de ahorros no tenemos edad pero esta claro que cuanto antes de empiece mejor, según un estudio la edad o mejor dicho el momento adecuado es a partir de que la persona trabaja o aún mejor cuando se tiene capacidad para ahorrar.

No hay comentarios:

Publicar un comentario